521 -Instancia General Gerencia de Urbanismo
Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.
Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano) de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
La indicada en el modelo de instancia genérica
La tramitación de este modelo lleva aparejada una tasa de 6,20 €, en su caso, sin perjuicio de la liquidación complementaria de la tasa vinculada al procedimiento al cual se refiere el interesado
El Servicio de la Gerencia que corresponda a razón de la materia sobre la que verse el asunto de la instancia genérica.
El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna.
Además de la que corresponda a razón de la materia sobre la que verse el asunto de la instancia genérica, con carácter general resultan de aplicación los siguientes cuerpos normativos: