405 - PROYECTO DE GESTIÓN POR COMPENSACIÓN.
El sistema de compensación podrá establecerse a iniciativa del propietario o propietarios que representen al menos el 50 por ciento de la superficie del ámbito, sector o unidad de actuación, excluidos los terrenos de uso y dominio público existentes, en su caso.
En el sistema de compensación, los propietarios que resulten adjudicatarios en el procedimiento para establecer el sistema asumirán la actividad de gestión y ejecución, constituidos en Junta de Compensación, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de gestión y ejecución del sistema de planeamiento de Canarias, Decreto 183/2004, de 21 de diciembre.
Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.
Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo o del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
- Copia del DNI/CIF del solicitante
- Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta
- Referencia al ámbito: ficha de la Unidad de Actuación
- Relación de propietarios afectados
- Certificación registral de propiedad y libertad de cargas y gravámenes reciente
- Documento de iniciativa de ejecución privada
- Documento y propuesta del Estatutos y Bases de actuación
- IBI reciente
- Escritura de propiedad de los terrenos
Una vez realizada la solicitud, recibirá una comunicación de abono de la tasa, donde encontrará un enlace a la plataforma de pagos de la Entidad. Una vez ejecutado el pago, el justificante se incorporará automáticamente al expediente de modo que no deberá presentarlo por el registro.
Tasa Gestión por compensación: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 5.4 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:
EPÍGRAFE 5.4 Proyecto de Gestión por Compensación |
€/m (lineal, cuadrado o cúbico) |
Mínimos |
Tasa |
0,11 €/m2 |
1.371,72 |
Tasa Estatutos y Bases de Actuación: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 5.5 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:
EPÍGRAFE 5.5 Aprobación de Estatutos y Bases de Actuación |
Euros (€) |
Tasa |
1.371,72 € |
El Servicio de Gestión del Planeamiento de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna.
El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna.
Con carácter general resultan de aplicación los siguientes cuerpos normativos:
- Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias
- Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias.
- Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.
Se le informa que el responsable del tratamiento es el O.A. de la Gerencia Municipal de Urbanismo de La Laguna. Sus datos personales serán tratados con la finalidad de atender la solicitud formulada, esto es, tramitar la solicitud de Proyecto de gestión por compensación. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos, a priori, sus datos personales no serán comunicados, salvo obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, pudiendo consultar la misma la política de privacidad y de cookies de nuestra Sede Electrónica.