Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

Es un instrumento de planeamiento urbanístico que tiene por objeto el desarrollo o complemento de las determinaciones de los Planes Generales, ordenando elementos o aspectos específicos de un ámbito territorial determinado.

Los Planes Especiales de Ordenación pueden tener por objeto cualquiera de las siguientes finalidades:

a). Conservar y mejorar el medio natural y el paisaje natural y urbano.

b). Proteger y conservar el Patrimonio Histórico Canario.

c). Definir las actuaciones en los núcleos o zonas turísticas a rehabilitar.

d). Desarrollar los programas de viviendas y establecer la ordenación precisa para su ejecución.

e). Ordenar los sistemas generales, cuando así lo determine el Plan General.

f). Crear, ampliar o mejorar dotaciones y equipamientos.

g). Organizar y asegurar el funcionamiento de las redes de abastecimiento de aguas, saneamiento, suministro de energía y otras análogas.

h). Cualesquiera otras finalidades análogas que se prevean reglamentariamente.

Los Planes Especiales que se refieren a la ordenación y gestión de un área afectada por la declaración de un Conjunto Histórico según las previsiones de la Ley del Patrimonio Histórico de Canarias se regirán por su normativa específica y, adicionalmente, por lo que reglamentariamente se establezca.

Los Planes Especiales de Ordenación podrán, excepcionalmente y mediante resolución motivada, modificar alguna de las determinaciones pormenorizadas del Plan General, sin afectar a la ordenación estructural.

La iniciación del procedimiento podrá ser formulada por cualquier Administración o particular, correspondiendo su tramitación y aprobación al Ayuntamiento, previo informe no vinculante del Cabildo Insular y de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias

Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo o del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano) de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Documentación General
  • Copia del DNI/CIF del solicitante
  • Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta
  • Escritura de propiedad de los terrenos
  • IBI reciente
  • Notas simples registrales recientes
  • Documentación necesaria para el sometimiento a Evaluación Ambiental conforme a lo dispuesto en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en formato electrónico, según las determinaciones establecidas por esta Administración publicadas en www.urbanismolaguna.com

Una vez realizada la solicitud, recibirá una comunicación de abono de la tasa, donde encontrará un enlace a la plataforma de pagos de la Entidad. Una vez ejecutado el pago, el justificante se incorporará automáticamente al expediente de modo que no deberá presentarlo por el registro.

Tasa: No lleva aparejada tasa.

Impuesto: No lleva aparejado impuesto.

 

El Servicio de Planeamiento y Planificación de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna.

El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna.

Se le informa que el responsable del tratamiento es el O.A. de la Gerencia Municipal de Urbanismo de La Laguna. Sus datos personales serán tratados con la finalidad de atender la solicitud formulada, esto es, tramitar la solicitud de Plan Especial. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos, a priori, sus datos personales no serán comunicados, salvo obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, pudiendo consultar la misma la política de privacidad y de cookies de nuestra Sede Electrónica.