Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

Procedimiento mediante el cual se podrá solicitar que se certifique por escrito el régimen urbanístico aplicable a una finca, unidad de actuación o sector, así como, sobre la aplicación de las ordenanzas, catálogo o cualquier documentación del presente Plan General a un caso concreto.

Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la Gerencia de Urbanismo o del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano) de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Documentación General:

  • Copia del DNI/CIF del solicitante
  • Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta
  • Plano de situación sobre topográfico (no catastral, ortofoto ni planeamiento) a escala mínima 1:1000 en el que se indique de forma clara y precisa la finca y sus dimensiones.
  • Copia de la Carta de Pago de autoliquidación

Tasa certificado urbanístico: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 4.2 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:

EPÍGRAFE 4.2 Certificación o informe urbanístico

Euros (€)

a. Por parcela y planeamiento en vigor

56,81 €

b. Sobre planeamientos que no se encuentren en vigor, se añadirá, al importe referenciado en el apartado a) de este mismo epígrafe, la cantidad de 56,70 € por cada planeamiento que haya transcurrido, con la excepción siguiente

56,81 € + 56,70 € (por cada planeamiento transcurrido)

c. Solicitado a instancia de parte, a efectos de acreditar en el catastro la situación urbanística (clasificación o calificación) de terrenos

67,20 €

El Servicio de Planeamiento y Planificación de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna. 

El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna. 

Se le informa que el responsable del tratamiento es el O.A. de la Gerencia Municipal de Urbanismo de La Laguna. Sus datos personales serán tratados con la finalidad de atender la solicitud formulada, esto es, tramitar la solicitud de Certificado Urbanístico. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos, a priori, sus datos personales no serán comunicados, salvo obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, pudiendo consultar la misma la política de privacidad y de cookies de nuestra Sede Electrónica.