Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

El abono de las tasas es requisito esencial para que la comunicación previa surta efectos 
 
El presente trámite versa sobre la comunicación previa para que se legitime el cambio de uso de los edificios y las instalaciones o de parte de las mismas funcionalmente independientes, acorde a lo previsto en el artículo 332.1 d) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, siempre y cuando no sea en inmuebles protegidos.
 
Se debe tener en cuenta que la presentación de la comunicación previa de referencia no legitimará el cambio de uso de forma inmediata, sino que desplegará sus efectos transcurridos quince días hábiles desde su presentación. 
 
Además si el cambio de uso requiere la realización de obras, estarán sujetas a comunicación previa, y por tanto se podrán tramitar en este procedimiento las actuaciones siguientes, siempre que no se realicen en instalaciones, construcciones, edificaciones e infraestructuras que se encuentren en situación legal de fuera de ordenación o en un inmueble catalogado:
 
  • Obras de conservación, restauración, reforma, rehabilitación o reestructuración de edificaciones e instalaciones, siempre que no afecten a edificios catalogados, ni supongan incremento de volumen o edificabilidad.
  • Obras exteriores en edificios no catalogados, que no se refieran a la modificación general de fachada o al acristalamiento de terrazas existentes
  • Instalación sobre la acera de andamiaje, maquinaria, grúas y apeos, que permita un paso libre de 1,20 metros.

Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la GULL o del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano) de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otraque establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 


Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

 

La indicada en el modelo referenciado bajo el número 118:

  • Copia del DNI/CIF del promotor
  • Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta
  • Plano de situación a escala mínima 1:1000 en el que se señale la finca de forma clara y precisa
  • Documentación técnica necesaria y suficiente para describir el inmueble y el cambio de uso pretendido (planos a escala y acotados de plantas, fachadas y secciones, donde quede reflejado el nuevo uso al que se pretende destinar cada estancia, así como sus dimensiones, altura, instalaciones, etc) acompañada de sucinto informe técnico que acredite el cumplimiento de la normativa exigible.

 

Además, si el cambio de uso requiriera la realización de obras:

  • Fotografías del estado actual de las fachadas y de las dependencias donde se pretendan realizar las obras
  • Descripción gráfica y escrita de la actuación, incluyendo mediciones y presupuesto. (Deberá presentarse en formato electrónico según las determinaciones establecidas por esta Administración y publicadas en www.urbanismolalaguna.es o en papel en formato DINA4, incluso los planos).
  • Cuando sea preceptivo según la L.O.E., el C.T.E. y demás normativa sectorial aplicable, proyecto técnico en formato electrónico, suscrito por técnico competente.
  • Medidas relativas a la evacuación de escombros
  • Informes / autorizaciones sectoriales preceptivos (AESA, Consejo Insular de Aguas, Servicio de Carreteras del Cabildo Insular, Ministerio de Defensa,..:
  • Copia de la/s Carta/s de Pago de autoliquidación

 

Documentos para la ocupación de vía:

  • Fotografía de la fachada
  • Plano de situación a escala mínima 1:100 donde se señale claramente el ancho de las aceras, el ancho de la calzada y la superficie a ocupar en la vía pública y sus dimensiones. En este plano se deberá señalizar el paso para peatones, con un ancho mínimo de 1,20 mts.
  • Características técnicas de la instalación y presupuesto de la misma
  • Copia de la/s Carta/s de Pago de autoliquidación

AVISO: Se le apercibe que en el caso de que no concurra el abono de la tasa en el presente procedimiento, la comunicación por usted realizada carece de validez jurídica y no desplegará los efectos legalmente previstos, de lo cual se le dará traslado mediante el oportuno requerimiento por parte del  servicio tramitador de esta Gerencia de Urbanismo.

Tasa cambio de uso: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 1.11 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:

 

ÍGRAFE 1.11 Licencia de cambio de uso

Euros (€)

a. Superficie construida <= 500 m2

236,67 €

b. Superficie construida > 500m2

355,01 €

c. Superficie construida > 3.000 m2

414,12 €

El presente procedimiento, acorde  a lo regulado en el artículo 330.1 i) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, no es de aplicación en inmuebles protegidos.

El Servicio de Actividades o el Servicio de Gestión del Conjunto Histórico, a razón del ámbito en el que se localice la edificación objeto de la intervención. 

El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna. 

Se le informa que el responsable del tratamiento es el O.A. de la Gerencia Municipal de Urbanismo de La Laguna. Sus datos personales serán tratados con la finalidad de atender la comunicación previa  formulada, esto es, tramitar la comunicación previa de cambio de uso. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos, a priori, sus datos personales no serán comunicados, salvo obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, pudiendo consultar la misma en la política de privacidad y de cookies de nuestra Sede Electrónica.