Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

El objeto del presente procedimiento es la tramitación de la licencia de demolición  de las construcciones, edificaciones e instalaciones, salvo que vengan amparados en una orden de ejecución. 

El procedimiento para el otorgamiento de licencias se iniciará mediante solicitud del promotor de la demolición acompañada de los documentos que se establezca en el impreso normalizado, ajustándose a los requisitos técnicos establecidos por la normativa aplicable y de los títulos o declaración responsable acreditativos de la titularidad del dominio o derecho suficiente para ejercer las actuaciones proyectadas sobre el suelo, subsuelo o vuelo afectados por la actuación.

Por último, indicar que procede la tramitacióndel presente procedimiento mediante la figura de la licencia  acorde a lo estipulado en el artículo 330.1.g)de la  Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la GULL o del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano) de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

 

La indicada en el modelo referenciado bajo el número 115. En este sentido, cabe destacar que a la comunicación previa se acompañará con carácter general la siguiente documentación:

  • Copia del DNI/CIF del solicitante.
  • Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta
  • Proyecto técnico en formato electrónico, según las determinaciones establecidas por esta Administración publicadas en www.urbanismolalaguna.com
  • Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud, según proceda.
  • Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición
  • Contrato de Dirección Facultativa
  • Informe de las compañías de distribución de agua, telefonía y electricidad indicando que la demolición no afecta a las instalaciones de servicio público.
  • Autorizaciones e informes sectoriales pertinentes, en su caso.
  • Documentación fotográfica cuando la edificación, construcción o instalación a demoler estuviera dentro del ámbito del casco histórico.
  • Copia de la Carta de Pago de autoliquidación.

 

Documentos para la instalación de la grúa:

  • Proyecto técnico en formato electrónico redactado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente
  • Datos de la grúa a instalar, marca, modelo y número de fabricación de la misma
  • Póliza de seguro con cobertura de la responsabilidad civil limitada que pueda producir el funcionamiento de la grúa y su estancia en la obra (mínimo 300.506,052 € )
  • Copia de la Carta de Pago de autoliquidación.

 

NOTA: Una vez instalada la Grúa torre se solicitará autorización de funcionamiento y la solicitud de la misma deberá acompañarse de los siguientes documentos:
a) Certificación final de obra , expedida por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente
b) Certificado de la empresa oficial instaladora, indicando marca, número, modelo y su correcta instalación
c) Certificado técnico de pruebas de funcionamiento y seguridad expedido por entidad colaboradora acreditada en Canarias.

 

Documentos para la ocupación de vía:

  • Fotografía de la fachada
  • Plano de situación a escala mínima 1:100 donde se señale claramente el ancho de las aceras, el ancho de la calzada y la superficie a ocupar en la vía pública y sus dimensiones
  • Características técnicas de la instalación y presupuesto de la misma
  • Copia de la/s Carta/s de Pago de autoliquidación

 

Tasa demolición: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 1.6 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:

EPÍGRAFE 1.6 Licencia de demolición

€/m

(lineal, cuadrado o cúbico)

Mínimos

Sobre m3 del proyecto o presupuesto

0,11 €/m3

192,57 €

Tasa ocupación de suelo (en caso de necesitar ocupar la vía pública con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas, por m2): Conforme lo dispuesto en la vigente Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local será de aplicación la siguiente tarifa:

Cuotas (€/m2)

Categoría Fiscal Vías

Por cada hora o fracción

De 1 a 7 días

Si excede de 7 días por cada mes o fracción

2.1.- En calles de 1ª a 3ª categoría

0,31

3,24

5,96

2.2.- En calles de 4ª a 5ª categoría

0,17

3,05

3,78

2.3.- En calles de 6ª a 7ª categoría

0,11

2,31

2,90

Acceder al callejero municipal para consultar la categoría fiscal de la vía

Tasa por instalación de grúa (en caso de que necesitara utilización de grúa): Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 1.14 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:

EPÍGRAFE 1.14 Licencia de instalación de grúas

Fórmula

Por cada expediente de concesión y puesta en funcionamiento de grúas, la tasa será el resultado de aplicar la siguiente fórmula por cada grúa:

 

2,63% PEM + N

 

PEM= Presupuesto de ejecución material de instalación de la grúa

N= nº de meses durante los que se le concede la instalación de la misma

Impuesto de construcciones, instalaciones y obras: Conforme lo dispuesto en la vigente ordenanza fiscal reguladora de este tributo la cuota del impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible ¿que está constituida por el coste de ejecución material¿ el tipo de gravamen del 3,75%.

El Servicio de Licencias o el Servicio de Gestión del Conjunto Histórico, a razón del ámbito en el que se localice la edificación. 

El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna. 

Se le informa que el responsable del tratamiento es el O.A. de la Gerencia Municipal de Urbanismo de La Laguna. Sus datos personales serán tratados con la finalidad de atender la solicitud formulada, esto es, tramitar la solicitud de licencia de demolición de construcciones, edificaciones e instalaciones, salvo que vengan amparados en una orden de ejecución. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos, a priori, sus datos personales no serán comunicados, salvo obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, pudiendo consultar la misma la política de privacidad y de cookies de nuestra Sede Electrónica.