Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

El objeto del presente procedimiento es solicitar la prórroga del plazo temporal que se hubiese concedido para el inicio y/o conclusión de actuaciones urbanísticas autorizadas mediante licencia urbanística. La solicitud de prórroga deberá presentarse con anterioridad a la finalización del plazo cuya prórroga se solicita.

Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la GULL o del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano) de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 


Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

 

La indicada en el modelo referenciado bajo el número 113:
 
  • Copia del DNI/CIF del solicitante
  • Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta
  • Copia de la Carta de Pago de autoliquidación

 

En caso de que se trate de prórroga de licencia de obra mayor ó menor, deberá aportar:
  • Presupuesto actualizado de lo que queda por ejecutar
  • Parte de encargo de Dirección de Obras de Arquitecto, en caso de que el anterior hubiera caducado. (Para obras mayores)
  • Fotografía del estado actual del inmueble y de la vía a la que da frente

 

Documentos para la ocupación de vía:
  • Fotografía de la fachada
  • Plano de situación a escala mínima 1:100 donde se señale claramente el ancho de las aceras, el ancho de la calzada y la superficie a ocupar en la vía pública y sus dimensiones
  • Características técnicas de la instalación y presupuesto de la misma
  • Copia de la/s Carta/s de Pago de autoliquidación

Tasa renovación licencia: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 1.21 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:

EPÍGRAFE 1.21 Renovación de Licencia

Porcentaje (%)

Las renovaciones o prórrogas de licencias urbanísticas que se pudieran otorgar para aquellas que no se hayan concluido en los plazos señalados en la resolución de concesión inicial

Devengarán una cuota del 30% de la liquidación correspondiente

Tasa ocupación de suelo (en caso de necesitar ocupar la vía pública con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntales, asnillas, andamios y otras instalaciones análogas, por m2): Conforme lo dispuesto en la vigente Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público local será de aplicación la siguiente tarifa:

Cuotas (€/m2)

Categoría Fiscal Vías

Por cada hora o fracción

De 1 a 7 días

Si excede de 7 días por cada mes o fracción

2.1.- En calles de 1ª a 3ª categoría

0,31

3,24

5,96

2.2.- En calles de 4ª a 5ª categoría

0,17

3,05

3,78

2.3.- En calles de 6ª a 7ª categoría

0,11

2,31

2,90

Acceder al callejero municipal para consultar la categoría fiscal de la vía

 

La solicitud de prórroga se entenderá otorgada por silencio administrativo positivo si en el plazo de un mes desde la presentación de la solicitud no fuere dictada y notificada la resolución correspondiente, siempre y cuando se hubiese solicitado antes del vencimiento del plazo que se pretende ampliar. 

La duración de la prórroga o prorrogas otorgadas a solicitud de la persona interesadano podrá exceder, en su conjunto, del equivalente al plazo establecido en la licencia para el inicio o conclusión, según proceda, de la actuación o, en su defecto, del equivalente al plazomáximo establecido para cada supuesto en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

El Servicio de Licencias o el Servicio de Gestión del Conjunto Histórico, a razón del ámbito en el que se localice la edificación. 

El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna. 

Se le informa que el responsable del tratamiento es el O.A. de la Gerencia Municipal de Urbanismo de La Laguna. Sus datos personales serán tratados con la finalidad de atender la solicitud formulada, esto es, tramitar la solicitud de prórroga de licencia urbanística. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos, a priori, sus datos personales no serán comunicados, salvo obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, pudiendo consultar la misma la política de privacidad y de cookies de nuestra Sede Electrónica.