Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

El objeto del presente procedimiento es la tramitación de la solicitud de licencia de parcelación/segregación con el objetivo de poder dividir, de forma simultánea o sucesiva, terrenos (con independencia de su finalidad y de su clase de suelo) en dos o más lotes o porciones nuevas e independientes. 

Cualquier persona física o jurídica, así como entidades sin personalidad jurídica tales como comunidades de bienes, asociaciones, sociedades civiles, comunidades de bienes, herencias yacentes o comunidades de propietarios, entre otras.

Se podrá efectuar el trámite de referencia mediante su presentación en la sede electrónica de la GULL o del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, en la Oficina de Atención al ciudadano) de la Gerencia sita en la Calle Bencomo 16 o en cualquiera de las Oficinas Municipales de Registro y en cualquiera otra que establezcan las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 


Cabe recordar que los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con esta administración, acorde a lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán efectuar sus trámites en la sede electrónica de la Gerencia Municipal de Urbanismo

 

La indicada en el modelo referenciado bajo el número 112, en este sentido, cabe destacar  que a la solicitud se acompañará con carácter general la siguiente documentación:

  • Copia del DNI/CIF del solicitante
  • Copia del DNI/CIF del representante y documento acreditativo de la representación que ostenta.
  • Informe técnico de alineaciones y rasantes de la finca matriz 
  • Memoria descriptiva y justificativa, la cual ha de comprender la finalidad o el uso a que se pretendan destinar los lotes propuestos y su adecuación al planeamiento aplicable y al régimen general de formación de parcelas y fincas.
  • Cuando en la finca matriz o en la que se pretende parcelar/segregar exista alguna edificación, se deberán aportar planos de planta, alzado y sección a escala y acotados que definan la/s edificación/es existentes, indicando la superficie construida por plantas, separación a los distintos linderos, la ocupación y en general los datos precisos para poder determinar la posibilidad de parcelación/segregación. La presentación se realizará en formato electrónico según las determinaciones establecidas por esta Administración publicadas en www.urbanismolaguna.com o en papel en formato DINA4 (incluidos planos).
  • Proforma del documento público o privado que refleje la división de terrenos o la operación jurídica asimilada que se solicite.
  • Plano de situación de la finca, a escala mínima 1:1000,  que se pretende dividir, con indicación de su referencia registral y catastral, en su caso.
  • Plano parcelario de la finca mencionada, a escala mínima 1:1000, y con base cartográfica topográfica, representativo de los lotes propuestos.
  • Superposición del plano parcelario sobre un plano de calificaciones urbanísticas.
  • Fichas descriptivas de los lotes resultantes, incluidas las relativas a los terrenos destinados a sistemas urbanísticos que tengan que ceder, si procede. Las fichas han de especificar los límites, cabida y la calificación urbanística de cada lote, así como su calidad de indivisible, si procede.
  • Título de dominio sobre las fincas afectadas (nota simple registral de la escritura de la finca matriz o copia de las escrituras)
  •  Copia de la Carta de Pago de autoliquidación.

Tasa segregación y parcelación: Resulta de aplicación lo dispuesto en el epígrafe 1.18 del artículo 5 de la vigente Ordenanza fiscal reguladora de tasas por la prestación de servicios y realización de actividades de este O.A.:

b. En terrenos urbanos

 

b.1 Por superficie < 500 m2, por m2

0,95

b.2 Por superficie > 500 m2, por parcela

473,34 €

b.3 Por superficie > 1000 m2, por parcela

946,58 €

El presente procedimiento no será de aplicación cuando se pretendan realizar actos de división de fincas o terrenos que formen parte de un proyecto de parcelación. 

El Servicio de Licencias o el Servicio de Gestión del Conjunto Histórico, a razón del ámbito en el que se localice la finca. 

El Consejero Director de la Gerencia Municipal de Urbanismo de San Cristóbal de La Laguna. 

Se le informa que el responsable del tratamiento es el O.A. de la Gerencia Municipal de Urbanismo de La Laguna. Sus datos personales serán tratados con la finalidad de atender la solicitud formulada, esto es, tramitar la solicitud de licencia de parcelación/segregación. La base legítima del tratamiento es, con carácter principal, el ejercicio de poderes públicos conferidos conforme la normativa aplicable en esta materia. En atención a los fines descritos, a priori, sus datos personales no serán comunicados, salvo obligación legal. Asimismo, no están previstas transferencias internacionales de sus datos personales. Por último, se pone en su conocimiento que podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, pudiendo consultar la misma la política de privacidad y de cookies de nuestra Sede Electrónica.