Se pone en conocimiento que, a partir del 1 de enero de 2018, las facturas recibidas en este Organismo Autónomo, que hayan sido emitidas por los sujetos enumerados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, deberán ser remitidas a través del Registro Electrónico de Facturas - FACE, no siendo admitidas en relación a estos sujetos, las facturas en formato papel.
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