Resolución 9562 de 30 de diciembre de 2022
Se comunica que mediante resolución nº 9562/2022 de fecha 30/12/2022, del Sr. Consejero Director, se ha procedido a resolver, acorde a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, lo siguiente:
PRIMERO- Ampliar el horario de cierre, con carácter excepcional, de los establecimientos que cuenten con la oportuna licencia municipal de apertura o título jurídico habilitante para ejercer la actividad de Restaurante y Bar sin actividad musical, Restaurante musical y Bar musical, así como Discotecas, Salas de bal1e, Salas de concierto y Salas de fiesta con espectácu1o, con motivo de la celebraciones expuestas
1 - Día 1 de enero de 2023 (noche del 31 de diciembre a la madrugada del 1) con motivo del final de año
2 - Día 5 de enero de 2023 (noche del 5 a la madrugada del 6) con motivo de la celebración de los Reyes Magos.
SEGUNDO- Esta ampliación estará sujeta a las siguientes condiciones:
- El horario de finalización de las celebraciones para las actividades de Restaurante y Bar sin actividad musical será hasta las 3:30 horas,
- El horario de finalización de las celebraciones para las actividades de Restaurante musical y Bar musical será hasta las 5:00 horas,
- El horario de finalización de las celebraciones para las actividades de discoteca, sala de bailes, sala de concierto y salas de fiesta con espectáculo será hasta las 7:30 horas,
- Esta ampliación de horario no autoriza la celebración de espectáculos o actividades distintos de los autorizados en la Licencia de apertura o título jurídico habilitante para ejercer la actividad, ni autoriza la puesta en funcionamiento de establecimientos públicos diferentes, sin modificar las condiciones impuestas (superficie, aforo, medidas contra incendios, etc,),
* A partir de la hora de cierre se procederá, durante un periodo máximo de 30 minutos al desalojo de los clientes, tras el cual deberá acometerse el cierre al público del establecimiento,
TERCERO- Remitir el anuncio para su exposición al público en el Tablón de Edictos de este Organismo y en el del Excmo, Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como el BOP Santa Cruz de Tenerife, a los efectos de publicación,
CƯARTO - Dar traslado la Concejalía de Comercio y Desarrollo Económico Local al Área de Seguridad Ciudadana y al Área de Economía, Empresa y Empleo,
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