Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

Ampliación exepcional de horarios fin año y reyes magos 2023

Resolución 9562 de 30 de diciembre de 2022


Se comunica que mediante resolución nº 9562/2022 de fecha 30/12/2022, del Sr. Consejero Director, se ha procedido a resolver, acorde a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, lo siguiente:

PRIMERO- Ampliar el horario de cierre, con carácter excepcional, de los establecimientos que  cuenten  con  la  oportuna  licencia  municipal  de  apertura  o  título  judico  habilitante  para ejercer  la    actividad  de  Restaurante  y  Bar sin  actividad  musical,  Restaurante  musical  y  Bar musical, así como Discotecas, Salas de bal1e, Salas de concierto y Salas de fiesta con espectácu1o, con motivo de la celebraciones expuestas

1 - Día 1 de enero de 2023 (noche del 31 de diciembre a la madrugada del 1) con motivo del final de año

2 - Día 5 de enero de 2023 (noche del 5 a la madrugada del 6) con motivo de la celebración de los Reyes Magos.

SEGUNDO- Esta ampliación estará sujeta a las siguientes condiciones:

  • El horario de finalización de las celebraciones para las actividades de Restaurante y Bar sin actividad musical será hasta las 3:30 horas,
  • El  horario  de  finalización  de  las  celebraciones  para  las actividades  de  Restaurante musical y Bar musical será hasta las 5:00 horas,
  • El  horario  de  finalización  de  las  celebraciones  para  las actividades  de  discoteca, sala de bailes, sala de concierto y salas de fiesta con espectáculo será hasta las 7:30 horas,
  • Esta  ampliación  de  horario  no  autoriza  la  celebración  de  espectáculos o  actividades distintos de los autorizados en la Licencia de apertura o título jurídico habilitante para ejercer la actividad, ni autoriza la puesta en funcionamiento de establecimientos públicos diferentes, sin modificar las condiciones impuestas (superficie, aforo, medidas contra incendios, etc,),

* A partir de la hora de cierre se procederá, durante un periodo máximo de 30 minutos al desalojo  de  los clientes,  tras  el  cual  deberá  acometerse  el  cierre  al  público  del establecimiento,

TERCERO- Remitir el anuncio para su exposición al público en el Tablón de Edictos de este Organismo y en el del Excmo, Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, así como el BOP Santa Cruz de Tenerife, a los efectos  de publicación,

CƯARTO - Dar traslado la Concejalía de Comercio y Desarrollo Económico Local al Área de Seguridad Ciudadana y al Área de Economía, Empresa y Empleo,

 

Adjunto Tamaño
2022009662_resolucion.pdf 95.25 KB
Fuente de la noticia