Gerencia de Urbanismo - San Cristobal de La Laguna

Ampliación exepcional de horarios

Resolución 8343/2022 de 17/11/2022


Se comunica que mediante resolución nº 8343/2022 de fecha 17/11/22 del Sr. Consejero Director, se ha procedido a resolver, acorde a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, lo siguiente:

PRIMERO.- Ampliar el horario de cierre, con carácter excepcional, de los establecimientos que cuenten con la oportuna licencia municipal de apertura o título jurídico habilitante para ejercer la  actividad de Restaurante y Bar sin actividad musical, Restaurante musical y Bar musical, así como Discotecas, salas de baile, salas de concierto y salas de fiesta con espectáculo, con motivo de la celebraciones expuestas: 

1.- Dia 26 de noviembre (noche del 26 a la madrugada del 27 de noviembre) con motivo de la celebración de la Noche en Blanco. 

2.- Día 6 de diciembre (noche del 5 a la madrugada del 6 de diciembre), con motivo de la celebración de la Constitución Española. 

3.- Día 15 de diciembre (noche del 15 a la madrugada del 16 de diciembre), con motivo de la celebración del Fin de Año Universitario. 

4.- Día 24 de diciembre (noche del 24 a la madrugada del 25 de diciembre), con motivo de la celebración de la Nochebuena. 

SEGUNDO.- Esta ampliación estará sujeta a las siguientes condiciones: 

  • El horario de finalización de las celebraciones para las actividades de Restaurante y Bar sin actividad musical será hasta las 3:30 horas. 
  • El horario de finalización de las celebraciones para las actividades de Restaurante musical y Bar musical será hasta las 5:00 horas. 
  • El horario de finalización de las celebraciones para las actividades de Discotecas, salas de baile, salas de concierto y salas de fiesta con espectáculo será hasta las 7:30 horas. 
  • En relación con la festividad de la Nochebuena (noche del 24 a la madrugada del 25 de diciembre), la ampliación se establece en dos horas y media. 
  • Esta ampliación de horario no autoriza la celebración de espectáculos o actividades distintos de los autorizados en la Licencia de apertura o título jurídico habilitante para ejercer la actividad, ni autoriza la puesta en funcionamiento de establecimientos públicos diferentes, sin modificar las condiciones impuestas (superficie, aforo, medidas contra incendios, etc.). 
  • De conformidad con el artículo 46 del Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos, aprobado por Decreto 86/2013, de 1 de agosto, a partir de la hora límite de cierre se procederá, durante un plazo máximo de 30 minutos, al desalojo de los clientes, tras el cual deberá acometerse el cierre al público del establecimiento. 
  • Para el evento del 26 de noviembre de la Noche en Blanco, dado que se circunscribe al ámbito del centro de la ciudad, esta ampliación de horarios de dispone para los establecimientos situados en el mismo. 
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